Hace algunos días fui invitado a participar de la conferencia "The Legitimate Scope of Religious Establishment" [El alcance legítimo de la confesionalidad del Estado] en Venecia, Italia. El evento fue organizado por universidades de Estados Unidos, Israel e Italia, y en él participaron expertos en derecho y religión de todo el mundo.
El principal tema de discusión era la confesionalidad del Estado, es decir, la adopción del Estado de algún tipo de preferencia por una religión en particular. Este es un concepto muy amplio, que va desde la Iglesia de Estado (como ocurre en Inglaterra con la Iglesia Anglicana o en Suecia con la Iglesia Luterana) hasta los sistemas de semi-confesionalidad de algunos países europeos (como España) y latinoamericanos (como Argentina). Esto últimos declaman ser aconfesionales, pero en la práctica acuerdan a la Iglesia Católica una serie de privilegios que la diferencian de las demás.