lunes, 23 de enero de 2017

La seguimos en cedyr.org

En 2016 lanzamos cedyr.org, un sitio con toda la información del Centro de Estudios sobre Derecho y Religión de la Universidad Adventista del Plata. 

Nuestro blog, La Primera Libertad, se encuentra ahora dentro del sitio de CEDyR. La nueva dirección es


¡Nos vemos allá!

miércoles, 22 de junio de 2016

La ilusoria laicidad del Estado argentino



El presidente de la Nación Argentina, Mauricio Macri, participó activamente de la misa de cierre del Congreso Eucarístico Nacional, según lo informó la agencia oficial de noticias Telam. El congreso eucarístico es un encuentro religioso católico donde se realizan celebraciones, sesiones de catequesis y conferencias. El centro y culmen de todos los actos es la celebración de la Eucaristía, uno de los sacramentos católicos. Este tipo de entrecruzamiento entre el gobierno y la Iglesia plantea serieas dudas sobre la auténtica laicidad del Estado argentino.

¿Es Argentina un país laico?

La participación de funcionarios públicos en actos religiosos (así como de ministros religiosos en actos oficiales) resulta tan cotidiana en Argentina que casi nadie se ha hecho la pregunta: ¿En calidad de qué asistió Macri al Congreso Eucarístico? ¿Fue como presidente de la Nación o como fiel  católico? La Casa Rosada no ha dado presiciones al resepcto. Sin embargo, el hecho de que haya participado de la misa acompañado de la vicepresidente y de otros miembros del gobierno nacional y provincial, hace que sea improbable que se trate de una actividad particular. En esas circunstancias, el presidente pronunció una oración en la que pidió la intersección de Dios y la Virgen para "construir entre todos un país con esperanza y trabajo, para actuar siempre con la verdad y la justicia, para incluir a todos y vencer las diferentes formas de pobreza, para erradicar la corrupción en todas sus manifestaciones, para promover la fe respetando sus distintas expresiones y para proteger la vida desde la concepción hasta la muerte". 

El primer acto oficial luego de la asunción de su mandato fue dirigirse a la Catedral Metropolitana a participar de un Te Deum, una misa católica tradicionalmente utilizada para que el Arzobispo de Buenos Aires comparta, a través de la homilía, la opinión de la Iglesia sobre los asuntos de la Nación, con el presidente y el resto de las máximas autoridades nacionales sentados en primera fila recibiendo el mensaje.

Este constante entrecruzamiento entre la Iglesia y el Estado va a contramano de la necesaria neutralidad estatal en términos de religión que debe existir en un país laico. Neutralidad significa que el gobierno no puede utilizar la religión como un estándar para la acción o la inacción, ni realizar clasificaciones en materia de religión que confieran un beneficio o impongan un perjuicio. El principio de la igualdad de trato exige que el Estado sea «neutral» respecto a las religiones y de otras convicciones profundas, no favoreciendo ni perjudicando a ninguna. Para tratar con el mismo respeto a todos los ciudadanos, el Estado debe ser capaz de justificar ante cada uno de ellos las decisiones que toma, lo que no podrá hacer si favorece un concepto particular del mundo y del bien, y mucho menos si apoya explícitamente a una iglesia determinada.

Desde este punto de vista, es evidente que la participación oficial de funcionarios públicos en representación del gobierno, sólo en actividades religiosas de una iglesia (sin tener la misma conducta con el resto de las iglesias y comunidades religiosas), implica un apoyo simbólico a esa denominación religiosa.

Estado laico y participación de funcionarios en actividades religiosas

Sin embargo, la neutralidad religiosa del Estado obliga a que las institucio­nes públicas no favorezcan ninguna religión, y no a que los individuos que frecuenten dichas instituciones privaticen su filiación religiosa

Cuando un funcionario público, en uso de sus atribuciones como tal, participa en actividades de carácter religioso, está transmitiendo el mensaje de que el Estado al que representa es el que está participando. Cuando los funcionarios solo participan de las celebraciones de una única confesión religiosa, el mensaje es claro: hay un apoyo simbólico del Estado hacia esa iglesia, y por lo tanto no lo hay (o al menos no en la misma medida) hacia las demás. Una es la oficial, la que representa  la normalidad; las otras las diferentes, la que representan lo ajeno.

En los regímenes confesionales esto no representa ningún problema: los funcionarios asisten a las actividades cultuales de la religión oficial o dominante. Es lo que ocurre, hasta cierta medida, en España. En sentido opuesto, es también sencilla la solución en regímenes de laicidad estricta (como Turquía), donde los funcionarios tienen prohibido asistir a celebraciones religiosas en ejercicio de sus funciones. 

Se trata sin embargo de una cuestión más difícil para los mo­delos liberales y pluralistas de laicidad que intentan equili­brar, por una parte, una protección amplia de la libertad de conciencia y culto y, por otra, la igualdad de trato a todos los ciudadanos, lo que requiere la neutralidad de las institu­ciones públicas. La solución más ecuánime, aunque no esté exenta de dificultades, es vedar a los funcionarios la participación en actividades religiosas en ejercicio de sus funciones, o en todo caso permitirlas en un marco de igualdad entre todas las religiones, y dejando al mismo tiempo libertad a esos funcionarios para que participen de manera personal en las actividades religiosas que consideren apropiadas. De ese modo se garantiza la neutralidad institucional y se respeta al mismo tiempo la libertad religiosa de los funcionarios.

El balance justo

La Corte Suprema de Estados Unidos ha intentado encontrar un equilibrio, permitiendo excepciones a la norma general con base en la libertad religiosa y simultáneamente prohibiendo estas excepciones desde la aconfesionalidad del Estado. El Tribunal ha definido esta posición como una "benevolente neutralidad" entendiendo por tal "permitir el ejercicio de la libertad religiosa sin apoyo y sin interferencia". En un sistema así, sería imposible pensar en el Estado ofreciendo financiación directa o sostén simbólico a una religión o iglesia.
El objetivo de un Estado laico no sebe ser dictar un concepto del mundo y del bien a los ciudadanos, sino respetar su derecho a hacer su vida a la luz de sus propias decisiones en conciencia. La neutralidad estatal contribuye a que ese objetivo se cumpla. Ojalá nuestro país transite pronto por ese camino.

miércoles, 1 de junio de 2016

Inconstitucionalidad de la ley dominical de Santa Fe ¿algo para celebrar?

En Argentina se está librando una sorda pero implacable guerra jurídica en torno al descanso dominical obligatorio. Los pequeños comerciantes, nucleados en la CAME, y con el apoyo más o menos explícito de la Iglesia Católica impulsan la sanción de leyes que prohíban la apertura dominical de los comercios. Los grandes comerciantes, como las cadenas de supermercados y los shoppings, se oponen. Hace un tiempo compartí una charla sobre el tema, la cual puede ser vista aquí. El último capítulo de la saga proviene de la provincia de Santa Fe, donde se declaró la incontistucionalidad de la ley provincial de descanso dominical.


jueves, 5 de mayo de 2016

En Argentina, los protestantes son más "practicantes" que los católicos

Hace poco leí un reporte de Pew Research Center donde se destaca cómo en América Latina, y en particular en Argentina, es mayor el número de protestantes que de católicos cuando se trata de oponerse al uso de métodos anticonceptivos. Lo llamativo es que la prohibición del uso de anticonceptivos es un dogma tradicionalmente católico, adoptado por pocas confesiones protestantes. ¿Cómo se explica, entonces, que las encuestas digan que los protestantes tienen más objeciones morales frente a la contracepción?

martes, 3 de mayo de 2016

¿Qué significa el rechazo de la Corte Suprema al amparo contra la ley dominical?

En estos días se conoció la noticia de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha rechazado una acción de amparo en contra de la ley de descanso dominical de la provincia de Santa Fe. La acción había sido presentada por la cadena de supermercados Coto, basada en la supuesta incompetencia de la provincia para legislar sobre jornada laboral (una materia que está reservada al Estado Nacional). 

lunes, 18 de abril de 2016

El «madrenuestra» de Dolors Miquel: ¿por qué debemos soportar la blasfemia?

Hace algún tiempo tomó notoriedad en Argentina el caso de Dolors Miquel, la poetisa catalana que en la entrega de los premios Ciutat de Barcelona recitó un mordaz poema parodiando al Padrenuestro. El revuelo que se suscitó fue tan grande que no sólo se retiraron inmediatamente del evento algunos participantes, sino que tanto Miquel como la alcaldesa de Barceolan, Ada Colau, fueron penalmente denunciadas por algunos colectivos católicos. No mucho tiempo después, la noticia fue que el juez había desestimado –a ojos de algunos, con excesiva rapidez–  las denuncias.

¿Cómo puede ser que se permita ofender impunemente las creencias religiosas de los demás? 

martes, 5 de abril de 2016

¿Son compatibles la confesionalidad del Estado y la libertad religiosa?

Hace algunos días fui invitado a participar de la conferencia "The Legitimate Scope of Religious Establishment" [El alcance legítimo de la confesionalidad del Estado] en Venecia, Italia. El evento fue organizado por universidades de Estados Unidos, Israel e Italia, y en él participaron expertos en derecho y religión de todo el mundo.

El principal tema de discusión era la confesionalidad del Estado, es decir, la adopción del Estado de algún tipo de preferencia por una religión en particular. Este es un concepto muy amplio, que va desde la Iglesia de Estado (como ocurre en Inglaterra con la Iglesia Anglicana o en Suecia con la Iglesia Luterana) hasta los sistemas de semi-confesionalidad de algunos países europeos (como España) y latinoamericanos (como Argentina). Esto últimos declaman ser aconfesionales, pero en la práctica acuerdan a la Iglesia Católica una serie de privilegios que la diferencian de las demás.